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Jul 31, 2023

El condado de Flathead implementará restricciones contra incendios de la etapa 2

KALISPELL - Todo el condado de Flathead pasará a la Etapa 2 de Restricciones contra Incendios a partir del 5 de agosto de 2023 a las 12:01 a.m.

Las personas pueden registrarse para recibir alertas aquí.

A continuación se detallan las restricciones y excepciones para la Etapa 2:

1. Encender, mantener, atender o utilizar un fuego o fogata.

2. Fumar, excepto dentro de un vehículo o edificio cerrado, un sitio de recreación desarrollado o mientras está parado en un área de al menos tres pies de diámetro que esté desierta o libre de materiales inflamables.

3. Están prohibidos los siguientes actos de 1:00 pm a 1:00 am: a) Operaciones de tala y desmonte de terrenos y corte de leña. b) Soldadura al aire libre, u operación de soplete de acetileno u otro con llama abierta, a menos que se encuentre en un área al menos 10 pies de diámetro que esté desierta o libre de todo material inflamable. c) Usar un explosivo. Se requiere una patrulla de una hora en el área de trabajo luego del cese de todas las actividades como se identifica en el punto 3 anterior.

4. Operar vehículos motorizados fuera de caminos y senderos designados.

Exenciones:

1. Personas con un permiso escrito que autorice específicamente el acto prohibido.

2. Las personas en su propiedad privada pueden usar parrillas para barbacoa que tengan un área desierta o libre de todos los materiales inflamables circundantes dentro de 3 pies del dispositivo y que tengan agua corriente en el área.

3. Cortar el césped de color verde intenso y regado.

4. Operar generadores con un dispositivo apagachispas aprobado dentro de un vehículo o edificio cerrado o en un área desierta o libre de todos los materiales inflamables elevados y circundantes dentro de un radio de tres pies del generador.

5. Los sitios de construcción que sean estériles o libres de materiales inflamables no están restringidos.

6. Operar vehículos motorizados en caminos y senderos designados.

7. Están exentas las explotaciones agrícolas.

8. Reparación de emergencia, mantenimiento, operaciones o construcción de servicios públicos y ferrocarriles, mitigación de incendios requerida en el lugar, herramientas, extintor de incendios, bombas de agua (de mochila o cuando se suelda), en la carretera o fuera de la carretera.

9. Personas que realizan actividades en aquellas áreas designadas donde la actividad está específicamente autorizada mediante aviso publicado por escrito.

10. Cualquier funcionario federal, estatal o local, o miembro de una fuerza organizada de rescate o extinción de incendios en el desempeño de un deber oficial.

11. Todos los terrenos dentro de los límites de una ciudad están exentos.

12. Otras exenciones exclusivas de cada agencia/tribu.

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